
Hospitalización de Familiares: ¿Qué Derechos Tienes?
El Estatuto de los Trabajadores reconoce tu derecho a un permiso retribuido de dos días por hospitalización o intervención quirúrgica de familiares de primer y segundo grado. Este permiso se amplía a cuatro días si requiere desplazamiento.
¿Qué Familiares Están Incluidos?
Tienes derecho al permiso por hospitalización de los siguientes familiares:
- Padres
- Hijos
- Hermanos
- Abuelos
- Nietos
- Tíos
- Sobrinos
- Suegros
- Cuñados
- Yerno/Nuera
- Biznietos
¿Cómo se Computan los Días de Permiso?
Los días de permiso se computan para días de trabajo efectivo. Esto significa que no contarían los fines de semana o días festivos.
¿Cuándo Finaliza el Permiso?
El permiso finaliza con el alta médica, no con el alta hospitalaria. Sin embargo, algunos convenios colectivos pueden establecer que la hospitalización debe mantenerse durante el disfrute del permiso.
¿Puedo Prorrogar el Permiso?
Es posible prorrogar el permiso por agravación de la enfermedad, pero dentro de los límites del convenio aplicable. El empresario debe valorar la duración del permiso, pero no puede sancionar al trabajador que lo solicita.
¿Qué Documentación Necesito?
Para justificar tu permiso, necesitarás un certificado del hospital que acredite la hospitalización o intervención quirúrgica de tu familiar.
Puntos a Tener en Cuenta
- El permiso es retribuido.
- Puedes turnarte con tus familiares para el disfrute del permiso.
- El permiso está destinado a atender y cuidar al familiar enfermo, no para actividades personales.
- El empleador puede solicitar pruebas adicionales para verificar la necesidad del permiso.
Dato | Información |
---|---|
Derecho | Permiso retribuido por hospitalización o intervención quirúrgica de familiares de primer y segundo grado |
Duración | 2 días (ampliable a 4 con desplazamiento) |
Familiares cubiertos | Hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, sobrinos, suegros, cuñados, yerno/nuera, biznietos) |
Casos controvertidos | Parto por cesárea (permiso adicional), operaciones sucesivas (permisos sucesivos) |
Cómputo del permiso | Días de trabajo efectivos |
Prórroga del permiso | Posible por agravación de la enfermedad |
Alta hospitalaria | El permiso continúa hasta el alta médica |
Justificación | Informe médico o certificado de alta médica |
Computo de días | Hábiles (días laborables), excluyendo festivos y descansos semanales |
Hospitalizaciones sucesivas | Nuevos permisos por cada hospitalización |
Disfrute del permiso | Cualquier momento durante la hospitalización, de forma consecutiva o alterna |
Preguntas Frecuentes sobre Días de Permiso por Residencia de Padres
¿Cuántos días de permiso tengo si mi padre está en una residencia?
El Estatuto de los Trabajadores no contempla específicamente el caso de los familiares en residencias. Sin embargo, se reconoce el derecho a dos días de permiso retribuido por hospitalización o intervenciones quirúrgicas de familiares de primer y segundo grado.
¿Puedo solicitar más días de permiso si mi padre tiene una larga estancia en la residencia?
Potencialmente, sí. La prórroga del permiso es posible en caso de agravación de la enfermedad, dentro de los límites establecidos por el convenio aplicable. El empresario debe valorar la duración del permiso y no puede sancionar al trabajador que lo solicita.
¿Puedo tomar los días de permiso de forma alterna?
Sí, puedes disfrutar de los días de permiso en cualquier momento durante la hospitalización o estancia en la residencia, de forma consecutiva o alterna. Debes justificarlo mediante un certificado de la residencia o un informe médico.
¿Cómo se cuentan los días de permiso?
Los días de permiso se cuentan como días hábiles, excluyendo festivos y días de descanso semanal. Esto significa que solo se cuentan los días laborables en los que normalmente trabajarías.
¿Qué sucede si mi padre es dado de alta de la residencia?
El alta hospitalaria no finaliza automáticamente el permiso. El permiso continúa hasta el alta médica. Sin embargo, algunos convenios pueden establecer que la hospitalización debe mantenerse durante el disfrute del permiso.