Tengo Corte por Asilo Político: ¿Puedo Ver a Mi Familia?

Si tienes una corte por asilo político, es natural preguntarte si podrás ver a tu familia. La respuesta es , puedes solicitar que tus familiares inmediatos te acompañen en Estados Unidos bajo el Estatus Derivado de Refugiados y Asilados.

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Familiares Elegibles para el Estatus Derivado

Los siguientes familiares pueden ser incluidos en tu solicitud de asilo político:

  • Cónyuge
  • Hijos solteros menores de 21 años

Requisitos para Solicitar el Estatus Derivado

Para solicitar el Estatus Derivado para tus familiares, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber sido admitido en Estados Unidos como refugiado o haber recibido asilo en los últimos dos años.
  • Proporcionar evidencia de tu relación familiar con el solicitante.
  • Haber completado un proceso de investigación de antecedentes y seguridad.

Proceso de Solicitud

Para solicitar el Estatus Derivado para tus familiares, debes presentar una petición al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). La petición debe incluir evidencia de tu:

  • Identidad
  • Relación familiar
  • Elegibilidad

Beneficios del Estatus Derivado

El Estatus Derivado otorga a tus familiares los siguientes beneficios:

  • Autorización para residir y trabajar legalmente en Estados Unidos.
  • Acceso a servicios sociales y de salud.
  • Camino hacia la residencia permanente y eventual ciudadanía.

Consideraciones Importantes

  • Tus familiares deben estar dispuestos a someterse a exámenes médicos y entrevistas de USCIS.
  • Deben demostrar que no son inadmisibles en Estados Unidos por motivos de seguridad o penales.
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Recomendaciones

  • Incluye a tus cónyuges e hijos en tu solicitud de asilo político, independientemente de su ubicación o edad.
  • Si tu caso es aceptado, puedes presentar una petición para que tus familiares se unan a ti en Estados Unidos.
  • Consulta con un abogado de inmigración para obtener asesoramiento sobre la mejor estrategia para tu familia.
Categoría Requisitos Requisitos para el Refugiado/Asilado Beneficios
Cónyuges Casados con el solicitante Admitido como refugiado o asilado en los últimos dos años Autorización de residencia y trabajo, servicios sociales y de salud, camino hacia la residencia permanente
Hijos Solteros y menores de 21 años en el momento de la solicitud inicial Haber completado una verificación de antecedentes y seguridad Mismos beneficios que los cónyuges
Padres Solo si el solicitante es menor de 21 años y los padres son residentes permanentes legales N/A N/A
Hijos mayores de 21 años Solteros y sin hijos propios N/A N/A
Hermanos, tíos, tías, primos, abuelos, sobrinos, sobrinas, cuñados, hijastros, padrastros, madrastras N/A N/A N/A
Familiares con discapacidades Dependen del solicitante para su cuidado y apoyo N/A Mismos beneficios que los cónyuges e hijos
Familiares perseguidos También están sujetos a persecución N/A Mismos beneficios que los cónyuges e hijos

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¿Puedo ver a mi familia si mi solicitud de asilo político está en proceso?

Sí, los solicitantes de asilo pueden incluir a sus cónyuges e hijos en sus solicitudes, independientemente de su ubicación o edad.

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