
Requisitos de residencia permanente para asilados
A partir del 2 de febrero de 2023, los asilados deben cumplir con un requisito de presencia física de un año en Estados Unidos antes de que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) pueda adjudicar su solicitud de residencia permanente (Tarjeta Verde). Este requisito se aplica tanto a las solicitudes pendientes como a las futuras.
Se recomienda a los asilados esperar hasta haber estado presentes durante un año después de recibir el asilo para presentar su solicitud de residencia permanente. Esto evitará posibles retrasos en el procesamiento de la solicitud.
Proceso de solicitud de residencia permanente
Los asilados pueden solicitar la residencia permanente a través del formulario I-485. El proceso de solicitud puede tardar varios años en completarse.
Derechos y deberes de los asilados
Los asilados tienen derechos específicos que incluyen:
- Permiso de trabajo
- Solicitud de tarjeta de seguro social
- Permiso para viajar al extranjero (con un documento de viaje especial)
- Petición para traer familiares a EE. UU.
- Posible elegibilidad para beneficios federales (p. ej., Medicaid)
Además de los derechos, los asilados también tienen deberes:
- Después de un año, los asilados pueden solicitar la residencia permanente legal (green card).
- Los residentes permanentes pueden solicitar la ciudadanía después de cuatro años.
Importancia de la comprensión de los requisitos y responsabilidades
Es esencial que los asilados comprendan sus derechos y deberes para integrarse exitosamente en la sociedad estadounidense. El cumplimiento de los requisitos, como el requisito de presencia física para la residencia permanente, es crucial para mantener su estatus y avanzar en su viaje de inmigración.
Para obtener más información detallada, consulte el sitio web de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS).
Característica | Información |
---|---|
Fecha de entrada en vigor | 2 de febrero de 2023 |
Requisito de presencia física | 1 año |
Momento de la presencia física | En el momento de la adjudicación |
Recomendación para los asilados | Esperar hasta cumplir un año de presencia física antes de presentar la solicitud |
Documentación de presencia física | Puede ser solicitada por USCIS si no puede determinarse |
Manual de referencia | Manual de Políticas de USCIS, Volumen 7, Parte M, Capítulo 2, Sección A |
Preguntas Frecuentes sobre el Proceso de Obtención de Residencia Permanente para Personas con Asilo Político
¿Puedo obtener la residencia permanente automáticamente si me conceden asilo?
No, el asilo político no garantiza la residencia permanente. Debes presentar una solicitud aparte para obtener la residencia permanente.
¿Cuándo puedo solicitar la residencia permanente después de obtener el asilo?
Puedes solicitar la residencia permanente después de cumplir un año de presencia física en Estados Unidos desde la concesión del asilo.
¿Cómo solicito la residencia permanente?
Debes presentar el formulario I-485 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
¿Puedo viajar fuera de Estados Unidos mientras mi solicitud de residencia permanente está en proceso?
Sí, pero debes obtener un documento de viaje especial si planeas estar fuera del país por más de un año.