
La Importancia de Actualizar la Dirección
Para los solicitantes de asilo en Estados Unidos, es crucial mantener actualizada su dirección con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Esto asegura la recepción puntual de correspondencia, beneficios y actualizaciones importantes sobre el proceso de asilo.
Métodos para Actualizar la Dirección
Herramienta de Autoservicio de USCIS
USCIS ha implementado una nueva herramienta de autoservicio para facilitar los cambios de dirección. Los solicitantes que reciban notificaciones por correo electrónico o mensaje de texto de uscis@public.govdelivery.com o 468311, respectivamente, deben utilizar esta herramienta.
Cuenta en Línea de USCIS
Los solicitantes pueden crear una cuenta en línea de USCIS y actualizar su dirección a través de su portal. Para crear una cuenta, siga las instrucciones proporcionadas por USCIS.
Formulario AR-11
Para la mayoría de los casos, los cambios de dirección se pueden realizar completando el Formulario AR-11, Formulario de Cambio de Dirección/Información de Contacto.
Categorías Especiales
Existen instrucciones específicas para el cambio de dirección para ciertas categorías de solicitantes:
- Solicitantes de Asilo: Presentar el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Deportación.
- Personas con Estatus de Protección Temporal (TPS): Presentar el Formulario I-821, Solicitud de Registro de Estatus de Protección Temporal.
- Titulares de Tarjeta de Residente Condicional: Presentar el Formulario I-751, Petición para Remover las Condiciones sobre la Residencia.
- Solicitantes de Ajuste de Estatus: Incluir un cambio de dirección en el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus.
- Personas en Proceso de Deportación: Presentar el Formulario EOIR-33, Solicitud de Cambio de Dirección de la Oficina Ejecutiva para el Repaso de Casos de Inmigración (EOIR).
Residencia Permanente para Asilados
Los asilados deben estar físicamente presentes en EE. UU. durante un año antes de que se apruebe su Green Card (tarjeta de residente permanente). La presencia física comienza a contarse desde la fecha en que se concede el asilo.
Es recomendable esperar un año después de recibir el asilo para presentar la solicitud de Green Card. Anteriormente, las guías diferían sobre el momento en que los asilados debían cumplir con el requisito de presencia física. Ahora se aclara que los asilados, como los refugiados, deben cumplir el requisito cuando se aprueba su solicitud, no cuando la presentan.
Actualizar la dirección es esencial para los solicitantes de asilo en EE. UU. Al utilizar los métodos proporcionados por USCIS, los solicitantes pueden garantizar que su información esté actualizada y que reciban correspondencia importante y beneficios sin demora.
Datos Relevantes sobre Cambio de Dirección
Categoría | Método | Formulario |
---|---|---|
Cuenta en línea de USCIS | En línea | No aplica |
Herramienta de autoservicio de USCIS | En línea | No aplica |
Servicio Postal de Estados Unidos (USPS) | Actualización con USPS | No aplica |
Solicitantes de asilo | Formulario I-589 | Sí |
TPS | Formulario I-821 | Sí |
Tarjeta de residencia condicional | Formulario I-751 | Sí |
Ajuste de estatus | Incluir en Formulario I-485 | Sí |
En proceso de deportación | Formulario EOIR-33 | Sí |
Otros casos | Cuenta en línea de USCIS o Formulario AR-11 | No aplica |
Preguntas Frecuentes sobre el Cambio de Dirección para Solicitantes de Asilo Político en EE. UU.
¿Cómo solicitar un cambio de dirección si soy solicitante de asilo?
Debe presentar el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Deportación.
¿Es suficiente cambiar mi dirección con el Servicio Postal de EE. UU.?
No. Debe notificar por separado al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) para actualizar su información.
¿Puedo utilizar la cuenta en línea de USCIS para cambiar mi dirección?
Sí, puede crear una cuenta en línea de USCIS y utilizarla para cambiar su dirección.
¿Puedo presentar la solicitud de cambio de dirección después de haber recibido el asilo?
Sí, puede presentar la solicitud en cualquier momento después de recibir el asilo.
¿Tengo que esperar un año para solicitar la tarjeta de residente permanente (Green Card) después de recibir el asilo?
Sí, debe estar físicamente presente en EE. UU. durante un año antes de que se apruebe su tarjeta de residente permanente.