
Sí, la disolución de una pareja de hecho puede conllevar la pérdida del permiso de residencia para los extranjeros no comunitarios que lo obtuvieron como familiares de un ciudadano de la UE. Sin embargo, existen excepciones que permiten mantener la residencia en determinadas circunstancias.
Requisitos para mantener la residencia
Para conservar el permiso de residencia tras la disolución de la pareja de hecho, el extranjero debe cumplir los siguientes requisitos:
- Residencia conjunta: Haber residido con la pareja de hecho durante al menos 3 años (a partir del inicio del proceso de disolución, no de su finalización).
- Residencia en España: Haber residido al menos un año en España durante ese periodo de convivencia.
Procedimiento para solicitar la tarjeta comunitaria permanente
Si se cumplen estos requisitos, el extranjero tiene derecho a una tarjeta comunitaria permanente por 10 años, independientemente del familiar que le permitió obtener la residencia inicial. Para ello, debe:
- Mantener el empadronamiento conjunto con la expareja el mayor tiempo posible hasta la sentencia de disolución.
- Solicitar la tarjeta comunitaria permanente una vez caduque la actual.
Otras circunstancias que permiten mantener la residencia
Además de los requisitos mencionados anteriormente, existen otras circunstancias que permiten a los extranjeros no comunitarios mantener su permiso de residencia tras la disolución de la pareja de hecho:
- Custodia de los hijos: Tener la custodia o derecho de visita de los hijos menores de edad del ciudadano de la UE.
- Violencia de género: Ser víctima de violencia de género o trata de seres humanos.
- Resolución judicial: Obtener una resolución judicial que reconozca el derecho de visita a un hijo menor en España.
Notificación y plazos
Es importante notificar a la Oficina de Extranjería el cese de la relación con el ciudadano de la UE. Si no se cumplen los requisitos para mantener la tarjeta comunitaria, se dispone de 3 meses desde la admisión de la demanda de disolución para modificar el permiso al régimen general de extranjería.
Dato | Información |
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Título | Pérdida de Residencia por Cancelación de Pareja de Hecho |
Tipo de residencia afectada | Tarjeta Comunitaria |
Causa de pérdida | Cancelación de pareja de hecho o divorcio |
Requisitos para mantener la residencia | Residir conjuntamente con la pareja durante al menos 3 años y haber residido en España durante al menos un año |
Tipo de tarjeta a solicitar | Tarjeta Comunitaria permanente por 10 años |
Plazo para solicitar la nueva tarjeta | Tras la caducidad de la tarjeta actual |
Requisitos adicionales | Mantener el empadronamiento conjunto con la expareja hasta la sentencia de separación o divorcio |
Ley aplicable | Ley de Extranjería española |
Tratamiento de cancelaciones de pareja de hecho y divorcios | Similar en cuanto al mantenimiento de la residencia |
¿Se pierde el permiso de residencia si se disuelve una pareja de hecho?
No, no necesariamente. Si se cumplen ciertos requisitos, se puede mantener el permiso de residencia incluso después de la disolución de la pareja de hecho.
¿Cuáles son los requisitos para mantener el permiso de residencia después de la disolución de una pareja de hecho?
- Haber convivido con la pareja de hecho durante al menos tres años (a partir del inicio del proceso de disolución).
- Haber residido en España durante al menos un año durante ese periodo.
- Mantener el empadronamiento conjunto con la expareja hasta la sentencia de disolución.
- Solicitar la tarjeta comunitaria permanente una vez caduque la actual.