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Los Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS) que llegan a España pueden obtener un permiso de residencia temporal por razones humanitarias, permitiéndoles residir y trabajar legalmente hasta los 18 años.

Requisitos

Para solicitar el permiso de residencia, el MENOR debe:

  • Ser menor de 18 años
  • No estar acompañado por un tutor legal o representante
  • Haber llegado a España sin un adulto responsable
  • No estar sujeto a una orden de expulsión o devolución

Proceso de solicitud

La solicitud se presenta en la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) correspondiente al lugar de residencia del menor, aportando:

  • Pasaporte o documento de identidad
  • Prueba de edad
  • Justificante de entrada en España (si es posible)
  • Declaración de la situación de desamparo del menor

Duración y renovación

El permiso se concede por un año, renovable anualmente hasta los 18 años del menor.

Derechos y obligaciones

Los MENAS con este permiso tienen derecho a:

  • Residir legalmente en España
  • Obtener un permiso de trabajo
  • Acceder a la educación y sanidad públicas
  • Contar con un tutor legal designado por las autoridades

También están obligados a:

  • Residir en el domicilio asignado por las autoridades
  • Asistir a la escuela o realizar actividades de formación
  • No abandonar España sin autorización

Protección de los menores

Las autoridades españolas protegen a los MENAS y les garantizan su bienestar, proporcionándoles:

  • Alojamiento
  • Asistencia legal
  • Apoyo psicológico

Procedimiento en caso de denegación

Si la solicitud es denegada, el menor puede presentar una reclamación ante la Audiencia Nacional.

Característica Descripción
Nombre Autorización de residencia temporal para menores no acompañados
Objetivo Permitir a menores no acompañados residir y trabajar legalmente en España
Edad Menores de 18 años
Requisitos No estar acompañado por un tutor legal, haber llegado a España sin un adulto responsable, no estar sujeto a una orden de expulsión o devolución
Lugar de solicitud Oficina de Asilo y Refugio (OAR)
Documentos necesarios Pasaporte o documento de identidad, prueba de edad, justificante de entrada en España, declaración de desamparo
Duración Un año, renovable anualmente
Derechos Residir legalmente, obtener permiso de trabajo, acceder a educación y sanidad públicas, contar con un tutor legal
Obligaciones Residir en el domicilio asignado, asistir a la escuela o realizar actividades de formación, no abandonar España sin autorización
Procedimiento en caso de denegación Reclamación ante la Audiencia Nacional
Protección de los menores Las autoridades españolas tienen la obligación de proteger a los menores no acompañados y garantizar su bienestar
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¿Qué es el permiso de residencia para ex MENAS?

Es una autorización temporal que permite a menores no acompañados residir y trabajar legalmente en España hasta cumplir los 18 años.

¿Quién puede solicitarlo?

Menores no acompañados que hayan llegado a España sin un tutor legal y que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Ser menor de 18 años, no estar acompañado por un tutor legal, haber llegado a España sin un adulto responsable y no estar sujeto a una orden de expulsión o devolución.

¿Dónde se presenta la solicitud?

En la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) correspondiente al lugar de residencia del menor.

¿Qué documentos se necesitan?

Pasaporte o documento de identidad, prueba de edad, justificante de entrada en España (si es posible) y declaración de la situación de desamparo del menor.

¿Cuánto tiempo dura el permiso?

Se concede por un año y se puede renovar anualmente hasta que el menor cumpla los 18 años.

¿Qué derechos y obligaciones implica?

  • Derechos: Residir legalmente en España, obtener un permiso de trabajo, acceder a la educación y la sanidad públicas y contar con un tutor legal designado por las autoridades.
  • Obligaciones: Residir en el domicilio asignado por las autoridades, asistir a la escuela o realizar actividades de formación y no abandonar España sin autorización.

¿Qué pasa si la solicitud es denegada?

El menor puede presentar una reclamación ante la Audiencia Nacional.

Autor

admin@enbuscadecaminos.com

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