
Asilo: Refugio por Persecución o Temor Fundado
El asilo es una forma de protección legal otorgada a individuos que han sido perseguidos o temen ser perseguidos en su país de origen debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular.
Elegibilidad:
- Debe haber llegado a EE. UU. dentro del primer año de su persecución.
- No puede haber cometido delitos graves o representar un peligro para la seguridad de EE. UU.
Procedimiento de Solicitud:
- Complete el Formulario I-589 y envíelo a USCIS.
- No hay tarifa de solicitud.
- Se someterá a una entrevista y una verificación de antecedentes.
Beneficios:
- Protección contra la deportación
- Derecho a trabajar
- Posibilidad de solicitar una tarjeta de residencia permanente después de un año
Permiso Humanitario: Admisión Temporal por Razones Urgentes
Un permiso humanitario permite que las personas que se encuentran fuera de EE. UU. ingresen y permanezcan temporalmente en el país por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo.
Elegibilidad:
- Razones humanitarias urgentes: Enfermedad grave, necesidad de tratamiento médico, violencia doméstica o desastres naturales.
- Beneficio público significativo: Reubicación de refugiados, asistencia en casos de desastre o investigación científica.
Procedimiento de Solicitud:
- Complete el Formulario I-131 en línea o por correo.
- Proporcione evidencia detallada de las razones humanitarias o el beneficio público.
- Tenga un patrocinador económico que demuestre los medios financieros para apoyarlo en EE. UU.
Beneficios:
- Admisión temporal a EE. UU.
- Posibilidad de solicitar un permiso de trabajo
- Protección contra la deportación durante el período de permiso
Diferencias Clave
- Estatus: El asilo es un estatus de protección permanente, mientras que el permiso humanitario es temporal.
- Criterios de Elegibilidad: El asilo requiere persecución o temor fundado, mientras que el permiso humanitario se basa en razones humanitarias urgentes o un beneficio público.
- Momento de la Solicitud: El asilo debe solicitarse dentro del primer año de persecución, mientras que el permiso humanitario se puede solicitar desde fuera de EE. UU.
Conclusión:
Tanto el asilo como el permiso humanitario brindan protección a individuos que huyen de circunstancias difíciles. El asilo ofrece una protección duradera para aquellos que enfrentan persecución, mientras que el permiso humanitario permite la entrada temporal por razones humanitarias o de beneficio público. Es crucial comprender los criterios de elegibilidad y los procedimientos de solicitud para determinar la mejor opción para su situación individual.
Tabla: Puntos Clave de Elegibilidad y Solicitudes de Asilo
Categoría | Puntos Relevantes |
---|---|
Elegibilidad | – Presunción de inelegibilidad para quienes ingresan irregularmente por la frontera suroeste o costas adyacentes |
– Solicitud dentro del primer año de llegada | |
– Excepciones para cambios significativos en las circunstancias o impedimentos extraordinarios | |
– Denegaciones posibles por historial delictivo, participación en persecuciones o peligro para EE. UU. | |
Procedimiento de Solicitud | – Formulario I-589 |
– Sin tarifa de solicitud | |
– Comprobaciones de antecedentes y seguridad | |
– Toma de huellas dactilares | |
– Intérprete necesario si no se habla inglés con fluidez | |
– Evaluación de elegibilidad según la definición de refugiado | |
Dependientes | – Inclusión de cónyuge e hijos en la solicitud |
– Otorgamiento de asilo a familiares incluidos si se concede al solicitante | |
– Elegibilidad como dependiente para hijos menores de 21 años en el momento de la presentación | |
Tiempo de Procesamiento | – Decisión dentro de los 180 días posteriores a la presentación |
– Excepciones para circunstancias excepcionales | |
Asistencia | – Abogado o representante en entrevistas y procedimientos |
– Ayuda de ACNUR para encontrar representantes | |
– No se proporcionan intérpretes por USCIS | |
Viajes | – No salir de EE. UU. sin permiso avanzado de ingreso |
– Documento de Viaje para Refugiados (RTD) necesario para viajar al extranjero después de obtener el asilo |
¿Cuál es la diferencia entre un asilado y un beneficiario del permiso humanitario?
Un asilado ha recibido refugio en los Estados Unidos, mientras que un beneficiario del permiso humanitario ha recibido permiso para ingresar y permanecer temporalmente en el país por razones humanitarias o de beneficio público.
¿Puedo solicitar asilo si ingresé ilegalmente a los EE. UU.?
Sí, puedes solicitar asilo dentro del primer año de tu llegada a EE. UU., a menos que las autoridades inmigratorias puedan demostrar que eres inelegible o que no cumples con las excepciones a la regla del año.
¿Qué documentos necesito para solicitar asilo?
Para solicitar asilo, debes completar el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción. No hay tarifa de solicitud, pero se tomarán tus huellas dactilares y se realizarán comprobaciones de antecedentes y seguridad.
¿Puedo traer a mi familia conmigo si se me otorga asilo?
Sí, puedes incluir a tu cónyuge e hijos en tu solicitud de asilo, independientemente de su edad o estado civil. Si se te concede asilo, tus familiares también lo recibirán.
¿Qué es el permiso de permanencia temporal?
El permiso de permanencia temporal es un beneficio que permite a personas que se encuentran fuera de EE. UU. ingresar y permanecer temporalmente en el país por razones humanitarias o de beneficio público. Se puede utilizar para viajes o para permanecer en EE. UU. por un período más prolongado.