Elegibilidad y Verificación
Para solicitar asilo político y suspensión de remoción ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), debe cumplir con los siguientes criterios:
- No ser ciudadano estadounidense
- No haber recibido previamente un Número A
- No estar actualmente en procedimientos de la Oficina Ejecutiva para Revisión de Casos de Inmigración (EOIR)
- Ser o haber sido un “menor extranjero no acompañado” (UAC) mientras se está en procedimientos de remoción
Para verificar si está en procedimientos ante EOIR, puede:
- Llamar a la línea directa de EOIR
- Acceder al sistema en línea de EOIR
Presentación de la Solicitud
Puede presentar su Formulario I-589 de las siguientes maneras:
- En línea: Solo si cumple con los requisitos de elegibilidad
- Por correo postal: Para UAC, aquellos con procedimientos de remoción desestimados o terminados, y aquellos que recibieron una Notificación de Comparecencia (NTA) pero no han estado en procedimientos de EOIR
Hay instrucciones especiales para presentar solicitudes en las siguientes categorías:
- Pérdida del estatus derivado después de la aprobación del asilo
- Presentación simultánea como solicitante principal y derivado
- Acciones finales previas sobre Formularios I-589
Instrucciones Específicas
Ciertas solicitudes deben enviarse al Centro de Investigaciones de Asilo, no a las direcciones de correo postal habituales. Consulte la sección de Instrucciones Especiales para obtener más detalles.
Es crucial asegurarse de que la fecha de edición del Formulario I-589 sea visible en todas las páginas y que las páginas sean de la misma edición. Las solicitudes con páginas faltantes o de diferentes ediciones pueden ser rechazadas.
Consideraciones Importantes
- La presentación de una solicitud de asilo no garantiza su aprobación.
- El proceso de solicitud puede ser largo y complejo.
- Es aconsejable buscar asesoramiento legal de un abogado de inmigración con experiencia.
- El asilo político es un derecho humanitario que puede brindar protección a personas que enfrentan persecución.
- Si cumple con los criterios de elegibilidad, no dude en presentar una solicitud.
Criterio | Información |
---|---|
Elegibilidad para presentar ante USCIS | No ser ciudadano estadounidense, no haber recibido un Número A previamente, no estar en procedimientos de EOIR, ser o haber sido un “menor extranjero no acompañado” (UAC) |
Verificación de procedimientos ante EOIR | Llamar a la línea directa de EOIR o acceder al sistema en línea de EOIR |
Presentación ante USCIS | Formulario I-589 en línea (si se cumplen los requisitos de elegibilidad) o por correo postal (para UAC, procedimientos desestimados o terminados, o aquellos con NTA) |
Instrucciones especiales | Pérdida del estatus derivado después de la aprobación del asilo, presentación simultánea como solicitante principal y derivado, acciones finales previas sobre formularios I-589 |
Presentación en el Centro de Investigaciones de Asilo | Ciertas solicitudes deben enviarse a esta dirección |
Fecha de edición del formulario | Asegurarse de que todas las páginas del Formulario I-589 tengan la misma edición y fecha visible |
¿Quién puede solicitar asilo político ante USCIS?
Quienes no sean ciudadanos estadounidenses, no hayan recibido un Número A, no estén en procedimientos de EOIR o sean o hayan sido UAC durante los procedimientos de remoción.
¿Cómo puedo verificar si estoy en procedimientos de EOIR?
Llame a la línea directa de EOIR o acceda al sistema en línea de EOIR.
¿Cómo puedo presentar el Formulario I-589?
En línea si se cumplen los requisitos de elegibilidad o por correo postal para UAC, aquellos con procedimientos de remoción desestimados o terminados, y quienes recibieron una NTA pero no han estado en procedimientos de EOIR.