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El proceso de asilo político en Estados Unidos implica un “reloj”, que determina la elegibilidad de un solicitante para un permiso de trabajo. Entender cómo funciona este reloj es crucial para navegar con éxito el sistema de inmigración.

El Reloj de Asilo

¿Qué es?

El reloj de asilo es un periodo de 180 días que comienza cuando se presenta la solicitud de asilo. Durante este tiempo, el gobierno debe procesar la solicitud y tomar una decisión.

¿Qué sucede si el reloj se detiene?

El reloj puede detenerse o “pausarse” en ciertas circunstancias, como:

  • El solicitante no asiste a su entrevista programada.
  • El solicitante presenta documentos adicionales justo antes de la entrevista.
  • El caso es referido a la corte de inmigración.

Permiso de Trabajo

¿Cómo obtener un permiso de trabajo?

Los solicitantes de asilo pueden solicitar un permiso de trabajo (EAD) 150 días después de presentar su solicitud de asilo. Para ello, deben haber transcurrido al menos 180 días en el reloj de asilo.

¿Qué sucede si el permiso de trabajo es denegado?

Si se deniega un permiso de trabajo, el solicitante puede volver a presentarlo o apelar la decisión. Es aconsejable buscar la ayuda de un abogado de inmigración en estos casos.

Errores en el Reloj de Asilo

¿Cómo verificar el reloj?

Los solicitantes pueden verificar el estado de su reloj de asilo en línea en el sitio web de USCIS o llamando a la línea directa de información de casos de EOIR.

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¿Qué hacer si hay un error?

Si un solicitante cree que hay un error en su reloj de asilo, debe comunicarse con su abogado de inmigración, la oficina de asilo correspondiente o el juez de inmigración durante su audiencia.

Importancia de un Abogado de Inmigración

El proceso de asilo político es complejo y puede ser abrumador. Un abogado de inmigración experimentado puede guiar a los solicitantes a través del reloj de asilo, ayudarlos a obtener un permiso de trabajo y abogar por sus derechos.

Comprender el reloj de asilo y los requisitos para un permiso de trabajo es esencial para los solicitantes de asilo político en Estados Unidos. Al buscar asesoramiento legal y seguir los procedimientos adecuados, los solicitantes pueden maximizar sus posibilidades de obtener protección y trabajar legalmente en el país.

Característica Información
Definición Período de tiempo durante el cual se evalúa la solicitud de asilo de un inmigrante
Duración 180 días
Solicitud de EAD Se puede presentar 150 días después de la solicitud de asilo
Retrasos y excepciones Retrasos causados por el inmigrante o su abogado y excepciones para enfermedades graves y violencia extrema
Verificación En línea a través del sitio web de USCIS o llamando a la línea directa de EOIR
Errores Contactar a un abogado de inmigración, la oficina de asilo o el juez de inmigración
Importancia de un abogado de inmigración Ayuda a evitar errores y maximiza las posibilidades de éxito

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Preguntas frecuentes sobre el Reloj de Asilo y los permisos de trabajo

¿Qué es el reloj de asilo y cómo afecta a la elegibilidad para un permiso de trabajo?

El reloj de asilo determina el periodo durante el cual se evalúa una solicitud de asilo y la elegibilidad del solicitante para un permiso de trabajo en los Estados Unidos.

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¿Cuánto tiempo dura el reloj de asilo y cuándo puedo solicitar un permiso de trabajo?

El reloj de asilo suele durar 180 días desde la fecha de presentación de la solicitud de asilo. Se puede solicitar un permiso de trabajo después de 150 días.

¿Pueden detenerse o reiniciarse los retrasos en el reloj de asilo?

Los retrasos causados por el solicitante o su abogado pueden detener el reloj. Los jueces de inmigración también pueden conceder mociones para detener el reloj. El reloj puede reiniciarse y continuar después de una entrevista reprogramada.

¿Cómo puedo verificar el estado de mi reloj de asilo?

Puedes verificar el estado de tu reloj de asilo en línea en el sitio web de USCIS o llamando a la línea directa de información de casos de EOIR.

¿Qué hacer si creo que hay un error en mi reloj de asilo?

Si crees que hay un error en tu reloj de asilo, puedes ponerte en contacto con tu abogado de inmigración, la oficina de asilo correspondiente o el juez de inmigración durante tu audiencia.

Autor

admin@enbuscadecaminos.com

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