Solicitud de Pasaporte a la Oficina de Asilo y Refugio

¿Quién puede solicitar un pasaporte?
Las personas a las que se les ha concedido protección internacional en España pueden solicitar un pasaporte. Esto incluye refugiados reconocidos, personas con protección subsidiaria y personas con protección temporal.
¿Dónde se presenta la solicitud?
Las solicitudes de pasaporte deben presentarse en la Oficina de Asilo y Refugio correspondiente al lugar de residencia.
¿Qué documentos se necesitan?
Los documentos requeridos para solicitar un pasaporte son:
- Tarjeta de identidad de extranjero o de protección internacional
- Certificado de empadronamiento
- Justificante de pago de la tasa correspondiente
- Fotografía reciente
¿Cómo es el proceso?
- Rellena el formulario de solicitud y reúne los documentos necesarios.
- Acude a la Oficina de Asilo y Refugio y presenta la solicitud.
- Te tomarán las huellas dactilares y te harán una fotografía.
- El pasaporte será emitido en un plazo de aproximadamente 15 días hábiles.
¿Qué ventajas tiene un pasaporte?
Tener un pasaporte permite a los refugiados y a las personas con protección internacional:
- Viajar libremente dentro de la Unión Europea y a algunos países fuera de la UE.
- Identificar su nacionalidad y su estatus legal.
- Acceder a servicios y beneficios en el país de acogida y en otros países.
Información adicional
- El pasaporte tiene una validez de 5 años.
- Se puede renovar presentando una nueva solicitud y los documentos requeridos.
- En caso de pérdida o robo, se debe denunciarlo a las autoridades y solicitar un nuevo pasaporte.
Recuerda
La solicitud de un pasaporte es un proceso importante que puede facilitar la integración y movilidad de las personas con protección internacional. Es esencial cumplir con los requisitos y seguir las instrucciones cuidadosamente para obtener el pasaporte sin retrasos.
| Característica | Detalles |
|---|---|
| Entidad responsable de la gestión del asilo | Ministerio del Interior español |
| Oficina responsable de tramitar solicitudes de protección internacional | Oficina de Asilo y Refugio |
| Subdirección encargada de procedimientos de apatridia | Subdirección General de Protección Internacional |
| Directiva de la UE sobre protección temporal | Directiva 2001/55/CE |
| Reglamento español sobre protección temporal | Real Decreto 1325/2003 |
| Autoridades competentes para declarar protección temporal | Consejo de la UE, Gobierno español |
| Procedimiento para declarar protección temporal | Artículo 4 del Real Decreto 1325/2003 |
| Derechos y asistencia para protección temporal | Alojamiento, asistencia médica, acceso al mercado laboral |
| Definición de asilo | Protección para personas que temen persecución por motivos específicos |
| Definición de protección subsidiaria | Protección para personas sin derecho a asilo pero que enfrentan daños graves en su país |
| Protección internacional | No devolución, expulsión y medidas de apoyo |
| Exclusión de condición de refugiado | Delitos graves o amenaza a la seguridad |
| Exclusión de protección subsidiaria | Peligro para la seguridad o el orden público |
| Excepción a requisitos de entrada | Solicitud de asilo al ingresar a España |
| Normativa aplicable a ciudadanos de la UE | Normas de la UE |
| Convención y protocolo sobre asilo | Convención de Ginebra de 1951, Protocolo de Nueva York de 1967 |
| Motivos de persecución | Raza, religión, nacionalidad, opinión política, grupo social, género |
| Motivos de protección subsidiaria | Tortura, tratos inhumanos, pena de muerte |
| Derecho de personas apátridas a solicitar protección | Sí |
| Posibilidad de expulsión | Para quienes no obtienen protección internacional |
| Ley reguladora del asilo y protección subsidiaria | Ley reguladora 12/2009 |
| Entidad de presentación de solicitudes | Oficina de Asilo y Refugio |
| Derecho a asistencia jurídica y intérprete | Sí |
| Plazo de resolución de solicitud | Seis meses |
| Documento para personas con protección internacional | Documento que certifica su condición |
| Servicios de apoyo para personas con protección internacional | Alojamiento, atención médica, educación |
| Revocación de protección internacional | Cambio de circunstancias que la justificaron |
| Obligación internacional de España | Brindar protección a refugiados y solicitantes de asilo |

¿Quién es responsable de gestionar las solicitudes de pasaporte para la Oficina de Asilo y Refugio?
El Ministerio del Interior español, a través de la Oficina de Asilo y Refugio, es responsable de tramitar las solicitudes de protección internacional.
¿Qué es la protección temporal?
La protección temporal es una medida de emergencia que se concede a personas desplazadas en situaciones de desplazamiento masivo, como guerras o desastres naturales.
¿Qué autoridades están capacitadas para activar el régimen de protección temporal?
- El Consejo de la UE, a propuesta de la Comisión Europea.
- El Gobierno español, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores (evacuación) o del Ministro del Interior (emergencia).
