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¿Qué es la Expulsión?

La expulsión es una medida administrativa que implica el retiro forzoso de un extranjero del territorio español. Puede aplicarse tanto a personas que no tienen autorización de residencia como a aquellas que la han perdido.

Causas de Expulsión

La expulsión puede aplicarse en los siguientes casos:

  • Infracciones graves y muy graves: Cuando un extranjero comete infracciones que conllevan una multa elevada.
  • Condena penal superior a un año: Si un extranjero es condenado por un delito con pena de más de 12 meses.

Excepciones a la Expulsión

Existen algunas excepciones a la aplicación de la expulsión, entre ellas:

  • Nacidos o residentes legales: Extranjeros nacidos en España o que llevan más de 5 años residiendo legalmente.
  • Protecciones específicas: Residentes de larga duración, españoles de origen que han perdido la nacionalidad y beneficiarios de prestaciones sociales.
  • Vínculos familiares: Cónyuges e hijos menores o discapacitados de los anteriores.

Protecciones Contra la Expulsión

Existen protecciones fundamentales que impiden la expulsión en determinados casos:

  • Principio de no devolución: Prohibición de expulsar a personas que se encuentran en riesgo de persecución.
  • Situaciones de vulnerabilidad: Embarazadas, personas enfermas y menores de edad.

Autorización Judicial

En caso de procesos penales, la autorización para la expulsión debe ser concedida por el juez. Esta autorización no es necesaria para delitos relacionados con el tráfico de drogas o delitos sexuales graves.

Expulsión Tras Cumplimiento de Penas

Para extranjeros condenados por delitos específicos (tráfico de drogas, explotación sexual, etc.), la expulsión se aplica una vez cumplida la pena de prisión.

Punto Principal Descripción
Expulsión por infracciones graves Las infracciones graves y muy graves pueden resultar en expulsión en lugar de multas.
Expulsión por delitos Los extranjeros condenados por delitos con penas superiores a un año pueden ser expulsados.
Extinción de autorizaciones de residencia La expulsión extingue todas las autorizaciones de residencia.
Revocación de la expulsión La expulsión puede ser revocada reglamentariamente.
Excepción por nacimiento Los extranjeros nacidos en España o con residencia legal durante los últimos cinco años no pueden ser expulsados.
Excepción por residencia de larga duración Los residentes de larga duración tampoco pueden ser expulsados.
Excepción por origen español Los españoles de origen que han perdido su nacionalidad no pueden ser expulsados.
Excepción por prestaciones sociales Los beneficiarios de prestaciones sociales o por desempleo no pueden ser expulsados.
Excepción por familiares Los cónyuges e hijos menores o discapacitados de los anteriores no pueden ser expulsados.
Principio de no devolución España no puede expulsar a personas en riesgo de persecución.
Protecciones para vulnerables Las mujeres embarazadas, las personas enfermas y los menores están protegidos contra la expulsión.
Autorización judicial En procesos penales, el juez debe autorizar la expulsión, salvo excepciones.
No aplica para delitos graves La autorización judicial no se aplica para delitos relacionados con el tráfico de drogas o delitos sexuales graves.
Expulsión tras cumplimiento de penas Los extranjeros condenados por delitos específicos son expulsados tras cumplir su condena de prisión.
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¿Puedo ser expulsado de España por cometer delitos menores?

No, la expulsión sólo se aplica para delitos graves y muy graves.

¿Puedo ser expulsado si soy condenado a menos de un año de prisión?

No, la expulsión sólo se aplica para condenas superiores a un año.

¿Hay excepciones a la expulsión?

Sí, las excepciones incluyen a extranjeros nacidos en España, residentes legales desde hace más de cinco años, residentes de larga duración y otros grupos protegidos.

¿Se puede anular la expulsión?

Sí, la expulsión puede revocarse reglamentariamente.

¿Puedo solicitar asilo si enfrento una posible expulsión?

Sí, el principio de no devolución prohíbe la expulsión de personas en riesgo de persecución.

Autor

admin@enbuscadecaminos.com

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